La Junta de Extremadura ha aprobado una serie de medidas para corregir la propagación del covid, que en las últimas semanas ha crecido en incidencias en la región.
Sorprenden las medidas, y el hecho de que el poder judicial les haya dado el visto bueno. Basta echar un vistazo a las limitaciones de aforo:
* Reuniones sociales de hasta 6 personas.
* Aforo en el interior de hostelería de un 33% y en el exterior de un 75%, con 6 personas por mesa tanto dentro como fuera (salvo si todos son convivientes). Se prohíbe el consumo en barra.
* En las celebraciones con catering (como en bodas, bautizos y comuniones) serán aplicables las normas generales para la hostelería del punto anterior. No habrá zona de baile.
*Zonas comunes de los hoteles al 50%, casas rurales un máximo de 10 personas.
* Velatorios y entierros al 30% y lugares de culto un 30%.
* Un 50% de aforo en exámenes presenciales, parques infantiles y ludotecas.
* Campamentos de 10 personas por monitor y sin superar los 60 participantes.
* Establecimientos, parques y centros comerciales al 50%.
*Mercadillos al 75%.
* 50% en el aforo de actividades deportivas tanto en interior como en exterior y como máximo 500 personas.
* El cierre del ocio nocturno pasaría a las 2 de la madrugada.
* Zonas de baño: 75% del aforo. Piscinas, al 50%
* Sin restricciones de aforo adicionales en cines, teatros, auditorios, circos de carpa y otros locales o establecimientos cerrados, la ocupación no podrá superar el setenta y cinco por ciento del aforo autorizado.
* En los espectáculos y actividades culturales que se desarrollen en recintos al aire libre no se establece limitación de aforo, siempre que puedan mantener las medidas de distanciamiento.
* Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, centros de interpretación, monumentos y otros equipamientos culturales o espacios patrimoniales: no se podrá superar el setenta y cinco por ciento del aforo autorizado en cada una de sus salas y espacios públicos.
Subrayo lo referente a las restricciones al 30% para los actos de culto por lo que me afecta como creyente y párroco. Pero también me solidarizo con otros colectivos que se ven tratados con desigualdad.
Señalo algunas deficiencias y preguntas al hilo de estas medidas sanitarias:
PRIMERO. Las medidas adoptadas por la consejería de Sanidad e la Junta de Extremadura, y aprobadas por el Tribumal superior de Justicia de Extremadura (?), ponen en evidencia que no todos somos iguales, como declara solemnemente el artículo 14 de la constitución: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. En este caso parece que no tiene el mismo derecho de reunión un grupo de personas que quieran ver una obra de teatro, ir a un museo o ir al circo (75%), que un grupo de personas que quieran reunirse para rezar (30%).
SEGUNDO. Saltan a la vista los intereses que se persiguen con estas medidas. Y parece que el más importante no es el de la salud, sino la economía y sus consecuencias electorales más o menos directas para los políticos. Y de manera especial me sorprende y humilla, por lo que respecta a mi condición de sacerdote y practicante católico, la baja concesión que se da a los actos de culto, el 30%. ¿No rechina algo cuando se compara con otros lugares y actividades?
El interés principal no es sanitario, porque si así fuera: ¿Cómo se puede decir que en “Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, centros de interpretación, monumentos y otros equipamientos culturales o espacios patrimoniales: no se podrá superar el setenta y cinco por ciento del aforo autorizado en cada una de sus salas y espacios públicos”, mientras que en los actos de culto se permite menos de un tercio del aforo (30%)?. ¿O acaso los que se reúnen para una misa u otra celebración religiosa son más “apestados” que los que se reúnen para hablar del Quijote o de lo buenos que son nuestros gobernantes? ¿Se han dado contagios masivos en las iglesias en lo que llevamos de pandemia? Es lógico que la medida, como todas, tenga intereses económicos y políticos; eso no la hace injusta, cada cual defiende lo suyo; pero que se haga conculcando la igualdad de derechos no es admisible en una sociedad democrática.
TERCERO. Una duda. ¿Los que valoramos el derecho a celebrar comunitariamente la propia fe, callaremos ante este atropello? El que calla otorga. No seamos ingenuos, los derechos constitucionales sobre el papel no garantizan nada. Si no los encarnamos con una adecuada práctica y denuncia profética allí donde son conculcados, son letra muerta. Por eso me pregunto a mí mismo y dirijo la pregunta también a las autoridades eclesiásticas: ¿Dirán ustedes algo al respecto oficialmente? Y sospecho que no mucho. Y aún se preguntarán algunos eclesiásticos: ¿por qué la gente abandona la Iglesia? La religión no es ritualismo, es vida, y defender los derechos forma parte de esa vida. Si no lo hacemos merecemos ser ninguneados y desaparecer. ¿Es lo que queremos?
Respecto a que “en los espectáculos y actividades culturales que se desarrollen en recintos al aire libre no se establece limitación de aforo, siempre que puedan mantener las medidas de distanciamiento”, ¿se cumplirá esta cláusula? Supongo que ya estarán devolviendo las entradas del Festival de teatro clásico de Mérida que no podrán ser usadas. Basta observar las fotos que acompañan este escrito, y que son de esta semana. Espero que a partir del lunes no se repitan.
En fin, quiero mostrar mi más enérgica repulsa a quienes han pergeñado el baremo de estas medidas. Huelen a negocio político y económico. Que los actos comunitarios de culto no gocen del mismo prestigio político y social que otros actos culturales y deportivos no justifica que se prive a quienes gustan de ellos de tener derecho a celebrarlos en las mismas condiciones que otros actos.
Casto Acedo. paduamerida@gmail.com. Julio 2021.